El quadern dels periodistes apocalíptics, integrats, optimistes i/o solidaris

EL QUADERN DELS PERIODISTES APOCALÍPTICS, INTEGRATS, OPTIMISTES I/O SOLIDARIS

27 oct 2021

Jueces contra periodistas, otro modo de minar la democracia

Andreu Farràs
Es obvio que en los últimos tiempos el poder judicial ha adquirido un protagonismo inusitado en la vida política de nuestro país. La judicialización de la política y la politización de la justicia son dos caras de una misma moneda que inquieta a un sector de la ciudadanía cada vez más amplio por su influencia nociva en la salud democrática. El judicial es uno de los tres poderes que los clásicos consideran fundamental en toda democracia. Pero la actual hipertrofia de este poder está limitando y condicionando sobremanera las decisiones de los otros dos pilares, el ejecutivo y el legislativo. Incluso está perjudicando la credibilidad de otras instituciones, como la monarquía o la universidad; erosionando el libre ejercicio de los profesionales de los medios de comunicación, imprescindibles para ayudar a la ciudadanía a fiscalizar a los poderes políticos y económicos, y, durante la pandemia, dificultando incluso el funcionamiento de algunos servicios básicos del Estado del bienestar como la salud, la educación y la seguridad.

Sobre todo desde que accedió a la Moncloa un gobierno de coalición
progresista, el Tribunal Constitucional, el Supremo y la Audiencia Nacional han publicado en los últimos años numerosas sentencias y pronunciamientos polémicos, que han sido analizadas con preocupación en foros muy diversos. Aquí, no obstante, solo hablaremos de los fallos que han dictado recientemente o están a punto en emitir tres juzgados de Madrid, Zaragoza y Barcelona que afectan a la profesión periodística y, en consecuencia, al libre acceso de la ciudadanía a la información.

En Madrid, la juez María Cristina Díaz ha ordenado a la publicación digital eldiario.es que revele quién le informó de la lista de bienes que se encuentran en el Pazo de Meirás, la propiedad que la familia del general Francisco Franco ocupó durante 82 años y cuya titularidad se encuentra en litigio. La jueza Díaz ignora –o prefiere desconocer—que el secreto profesional de los periodistas es un derecho recogido en el artículo 20 de la Constitución y que los periodistas tienen el deber de proteger la identidad de sus fuentes además de garantizar el derecho de información de los ciudadanos.


En Zaragoza, la titular del juzgado de lo contencioso administrativo número 4, Concepción Gimeno Gracia, ha desestimado la impugnación de la creación de un puesto de trabajo fijo de “técnico de comunicación institucional-community manager” del consejo de la Comarca de las Cinco Villas, al norte de la provincia de Zaragoza. La convocatoria de este puesto fue impugnada por la Asociación y el Colegio de Periodistas de Aragón al considerar que no se le podía encuadrar en el “grupo C1”, que solo tiene atribuidas tareas administrativas y exige a los candidatos titulación de Bachillerato o Formación Profesional de grado medio.

En la convocatoria, la corporación comarcal establecía que las funciones de la plaza eran mantener actualizados los distintos contenidos de la web comarcal y cargar y eliminar contenidos en ella a petición de los departamentos correspondientes; colaborar con los medios de comunicación con implantación en el territorio con la remisión de acontecidos, actividades, comunicados o anuncios; redactar escritos, a petición de la presidencia, el pleno de la corporación o los ayuntamientos integrantes de la Comarca de las Cinco Villas, para la difusión de sus actos y actividades, así como preparar los anuncios y cartelería si fuera necesario, y efectuar todas aquellas tareas propias de su categoría y cualificación profesional que se le encomienden.

En opinión de la jueza Gimeno, redactar comunicados y actualizar la web de una institución son “actuaciones especialmente mecánicas que no definen al Periodismo”. La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) se ha mostrado radicalmente en contra de los argumentos de la sentencia y ha instado a las empresas, entidades e instituciones, sobre todo las públicas, a que tengan en cuenta estas consideraciones a la hora de perfilar sus plantillas y apuesten por periodistas, para que estos hagan lo que saben hacer y para lo que se han formado: comunicar e informar desde el rigor, la honestidad y la profesionalidad. “El periodismo requiere conocimientos, fuentes y agenda. Los y las periodistas se forman durante años para desempeñar su trabajo. El periodismo no es una tarea mecánica”, afirma la FAPE.

¿Está entre las funciones de una jueza de lo contencioso-administrativo establecer quién es periodista y quién no lo es? ¿Si en lugar de denominarle ‘técnico de comunicación institucional-community manager’ se le llamase ‘redactor miembro de un gabinete de prensa o comunicación’ merecería una categoría profesional superior y, por tanto, mayor remuneración salarial? ¿Cuántos periodistas graduados o licenciados se dedican en la actualidad a ejercer de ‘community manager’ en España? ¿Cuántos de ellos reciben un sueldo más cercano a la de técnico C1 que al de graduado universitario? Son algunas de las muchas preguntas que cabría formularse en un debate sobre las nuevas tareas de los periodistas ante la interminable transición digital de los medios informativos y los gabinetes de comunicación.

El ‘caso Albert Garcia’


Tercer y último caso judicial. En Barcelona, un fotoperiodista, Albert Garcia, está esperando la sentencia del juicio al que fue sometido después de ser acusado por la policía de haber agredido a un agente y desobedecer a la autoridad durante una de las manifestaciones que tuvieron lugar en octubre de 2019 en protesta por la condena del Supremo a los líderes del proceso independentista. Inicialmente, la fiscalía ratificó la versión policial y atribuyó a Albert Garcia dos delitos de atentado a agentes de la autoridad y un delito leve de lesiones, por los que pidió 18 meses de prisión, una multa de 40 días y una indemnización. Sin embargo, días después, en sus conclusiones definitivas, el ministerio público redujo las penas a causa de la inconsistencia de las pruebas aportadas por la policía y retiró la petición de prisión, rebajó la multa a casi la cuarta parte si bien mantuvo la imputación del delito de resistencia y lesiones leves. La defensa de Garcia alegó que “capturar una imagen no es delito ni dar información a los ciudadanos es delito”. Numerosos colectivos profesionales, consejos de redacción y comités de empresa de medios de comunicación manifestaron su solidaridad con Garcia, protestaron contra la creciente persecución de los cuerpos policiales hacia el trabajo de los informadores y exigieron la absolución del fotoperiodista.

Una vez se resuelvan los previsibles recursos y sean firmes las sentencias sobre estos tres casos, marcarán el nivel de la libertad de información en este país. La primera, porque pone en cuestión nada menos que un precepto constitucional, el del derecho al secreto profesional de los periodistas y que algunos estamentos están interesados en soslayar. La segunda, porque abona la estrategia de no pocas empresas e instituciones, destinada a precarizar el oficio periodístico minusvalorando sus funciones y, por ende, jibarizar las remuneraciones. Y la tercera, porque si se convierte en una sentencia condenatoria, supondrá un espaldarazo a la arbitrariedad policial en la represión de los periodistas durante las manifestaciones que desemboquen en actos violentos. Como en cualquier conflicto, uno de los bandos enfrentados, cuando no los dos, prefieren que no haya testigos incómodos. Las trabas policiales a las labores informativas han aumentado tanto en España y otros países de la Unión Europea en los últimos meses que hasta la Comisión ha recomendado a los Estados miembros que “garanticen la seguridad en las protestas ciudadanas y impulsen sistemas de investigación y enjuiciamiento efectivos e imparciales”.

No pocos analistas han expresado su desasosiego por este insólito aumento del protagonismo de los jueces y sus decisiones en la vida política española. Algunos comentaristas de izquierdas incluso han hallado un paralelismo entre este fenómeno y el auge la emergencia de la extrema derecha. Añaden que los jueces más reaccionarios –en un colectivo profesional ya de por sí de tradición conservadora— actúan ahora con menos complejos que sus antecesores durante la Transición. Algunas actuaciones, concluyen estos expertos, ayudan a que el sistema democrático se encuentre seriamente amenazada en España. Quizá sea una exageración. Pero las tres decisiones judiciales que hemos citado relativas a la libertad de información y la consideración laboral de los periodistas tienen una relación estrecha con el exagerado protagonismo que los jueces están adquiriendo en otros ámbitos de la vida política y social. 

Es indudable que sin justicia no hay democracia, pero sin el respeto a todos los valores democráticos tampoco hay justicia. Y esto parecen olvidarlo algunos miembros de la magistratura, partidarios cada vez menos secretos de la implantación fáctica de un todopoderoso “gobierno de los jueces”.

1 comentario:

  1. Punt número V. dels Principios Generales de la Profesión Periodística redactat per l'antic règim: "El periodista tiene el deber de mantener el secreto profesional, salvo en los casos de obligada cooperación con la justicia, al servicio del bien común".
    Queda clar que la jutge Cristina Díaz creu que hi ha lleis inmutables i vigents. Això sí es tenir memòria.
    o

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